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Consejo de Participación.

La Residencia mixta Solidaridad tiene implantado un sistema de participación de los usuarios a través del Consejo de Participación.

Dicho Consejo de Participación está regulado por el Decreto Foral 209/1991, de 23 de mayo y tiene las siguientes atribuciones:

 

  1. Informar y evaluar el programa de actividades del centro elaborado anualmente por dirección.

  2. promover la renovación de las instalaciones y vigilar su conservación.

  3. Plantear las cuestiones que sean de interés para la buena marcha del centro.

  4. Recibir información sobre la marhca y funcionamiento del centro.

  5. Establecer relaciones de colaboración con otros centros de características similares.

  6. Informar el Reglamento de Régimen Interno y la normativa de usuarios.

 

El Consejo de participación se debe reunir al menos 2 veces al año con caracter ordinario y podrá reunirse de forma extraordinaria a instancia del presidente o de la mayoría de sus miembros.

 

Esta formado por:

 

  • El Alcalde del Ayuntamiento de Castejón.

  • La directora del centro.

  • 2 residentes

  • 2 trabajadores.

  • 1 familiar representante de los residentes

 

Derecho de las personas usuarias

 

  1. Ejercicio de la libertad individual.

  2. Conocer el reglamento interno del servicio.

  3. Saber previamente a su ingreso el informe público en el que se detalle los resultados de la evaluación periódica a la que están sometidos los servicios residenciales.

  4. Recibir una atención personalizada.

  5. Mantener el secreto en sus comunicaciones.

  6. Intimidad y privacidad.

  7. Considerar el centro residencial como su domicilio.

  8. Sistema interno de recepción, seguimiento y resolución de quejas y sugerencias.

  9. Mantener objetos personales significativos.

  10. Práctica religiosa que no altere el normal funcionamiento del centro.

  11. No ser sometido a ningún tipo de inmovilización o de restricción física o tratamiento farmacológico sin prescripción facultativa.

  12. conocer el precio de los servicios que recibe.

  13. Participación.

Deberes de las personas usuarias

 

  1. Observar una conducta basada en el respeto mutuo, la tolerancia y la colaboración para facilitar la convivencia y la resolución de problemas.

  2. Respetar al personal de los servicios y sus derechos.

  3. Utilizar y cuidar de manera responsable las instalaciones.

Descarga de documentos

- Reglamento interno de la residencia.

- Documentación de ingreso.

 

 

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